Registrar una retención electrónica tipo proveedor para pagos a no residentes es un proceso que debes realizar cuando efectúas pagos al exterior y la normativa tributaria exige aplicar este tipo de retención. Esta acción te permite cumplir correctamente con las disposiciones del Servicio de Rentas Internas (SRI), mantener tus registros contables actualizados y asegurar que la información fiscal asociada a tus proveedores sea coherente y trazable. Puedes realizar este registro una vez que el documento del proveedor ha sido ingresado en el sistema, ya sea al momento de crearlo o posteriormente, de forma guiada y segura.
1. Ingresa por la ruta
Para emitir la retención electrónica te diriges por la siguiente ruta: Transacciones
– Compra / Venta – Proveedores.

2. Aplica filtros
Al ingresar, podrás definir algunos criterios de búsqueda para encontrar el documento al que necesitas agregar la retención.

3. Agrega la retención
Allí te ubicas en el documento al cual vas a registrar la retención y puedes realizar el proceso de varias formas que te detallamos a continuación:
- Ingresa la retención modificando el documento
Cuando ya estés ubicado en el documento al que necesitas registrar la retención electrónica, haz clic en la opción Modificar
y dentro de las opciones disponibles vuelve a escoger Modificar.

Importante: también tienes la opción de ingresar la retención en el mismo momento en que registras el documento del proveedor, si así lo necesitas.
Cuando ingreses a modificar el documento, en la parte inferior del detalle encontrarás el campo Ret. IR.; allí ingresa el código de retención correspondiente a los pagos a no residentes.

Importante: ten en cuenta que los códigos por pagos a no residentes van del 500 al 525 según el instructivo del Servicio de Rentas Internas (SRI).
Das clic en la pestaña Retención. Dentro de esta, diligencias los siguientes campos:

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- Tipo de Emisión: seleccionas Electrónica.
- Emisión: ingresas la fecha con la que deseas emitir la retención.
- P. Fiscal: selecciona el mes y el año correspondiente al período fiscal de la retención.
- Establecm.: eliges el número de establecimiento con el que emitirás la retención; este se configura previamente en Mi Compañía
. - P. Emisión: digitas manualmente el punto de emisión para el registro de la retención electrónica.
- Documento: se genera automáticamente según la configuración establecida en Mi Compañía
. - Autorización: el sistema ingresará automáticamente el número de autorización una vez que el Servicio de Rentas Internas (SRI) autorice el documento.
- Régimen: seleccionas entre Régimen General, Paraíso Fiscal o Régimen Fiscal Preferente o Jurisdicción de Menor Imposición.
- Régimen General: completas los campos:
- País: seleccionas el país al que se realiza el pago
- País: el sistema lo autocompleta de forma automática.
- Paraíso Fiscal: completas los campos:
- País: seleccionas el país al que se efectuará el pago paraíso fiscal.
- País: país al que se efectuará el pago.
- Régimen Fiscal Preferente o Jurisdicción de Menor Imposición: completas los campos:
- Denominación del régimen fiscal preferente: ingresas el código correspondiente.
- País: seleccionas el país al que se efectuará el pago.
- Régimen General: completas los campos:
- Doble Tributación: indicas Sí o No según corresponda.
- Pago sujeto a retención: marcas Sí o No dependiendo de si aplica.
En la parte inferior buscas y seleccionas la cuenta contable a aplicar, y digitas el porcentaje de retención. Los demás campos se autocompletan de forma automática, como código de retención y valor retenido.

- Ingresa la retención sin modificar el documento
Una vez que ubiques el documento al cual necesitas emitir la retención electrónica, puedes hacerlo de cualquiera de las siguientes dos formas:
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- Haz clic en el ícono del Engranaje
que se encuentra al final de la fila del documento.
- Haz clic en el ícono del Engranaje
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Seleccionas el número del documento y, una vez dentro, dirígete a la flecha hacia abajo
que aparece en el ícono Retención
en la parte superior derecha de la pantalla. Allí podrás gestionar la emisión de la retención electrónica sin necesidad de modificar el documento.
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- Generar retención
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En caso de tener configurado para un proveedor los códigos de retención para pagos a no residentes, y seleccionar la opción de Generar retención, el sistema mostrará un mensaje indicando que la retención debe realizarse de forma manual, por la opción de Registrar retención.

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- Registrar retención
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Con esta opción registras la retención de forma manual. Al ingresar, te ubicas en los campos de retención y das clic en el ícono de búsqueda
correspondiente para comenzar el registro.

Visualizarás una ventana emergente en la que podrás seleccionar los códigos de retención correspondientes; ten en cuenta que los códigos por pagos a no residentes van del 500 al 525.

Después, vas a la sección Retención para completar toda la información requerida.

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- Tipo de Emisión: seleccionas la opción electrónica.
- Emisión: ingresas el día con el que deseas emitir la retención.
- P. Fiscal: selecciona el mes y el año correspondiente al período fiscal de la retención.
- Establecm.: eliges el número de establecimiento con el que se emitirá la retención; este debe estar configurado previamente en Mi Compañía.
- Punto de Emisión: digitas manualmente el punto de emisión que se usará para registrar la retención electrónica.
- Régimen: seleccionas entre Régimen General, Paraíso Fiscal o Régimen Fiscal Preferente o Jurisdicción de Menor Imposición.
- Régimen General: completas los campos:
- País: seleccionas el país al que se realiza el pago
- País: el sistema lo autocompleta de forma automática.
- Paraíso Fiscal: completas los campos:
- País: seleccionas el país al que se efectuará el pago paraíso fiscal.
- País: país al que se efectuará el pago.
- Régimen Fiscal Preferente o Jurisdicción de Menor Imposición: completas los campos:
- Denominación del régimen fiscal preferente: ingresas el código correspondiente.
- País: seleccionas el país al que se efectuará el pago.
- Régimen General: completas los campos:
- Doble Tributación: indicas Sí o No según corresponda.
- Pago sujeto a retención: marcas Sí o No dependiendo de si aplica.
-
-
En la parte inferior buscas y seleccionas la cuenta contable a aplicar, y digitas el porcentaje de retención. Los demás campos se autocompletan de forma automática, como código de retención y valor retenido.

Importante: por tratarse de un documento electrónico, una vez guardado, es necesario autorizar el documento para que tenga validez tributaria.
4. Guarda y autoriza el registro
Al tratarse de un documento electrónico, después de guardarlo es necesario autorizar el documento electrónico para que tenga validez tributaria.
Importante: ten en cuenta que los documentos electrónicos deben ser autorizados desde el momento de la emisión.
Una vez verifiques los valores del documento, en la parte inferior tendrás dos opciones para guardarlo.
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- Guardar y enviar al SRI: al seleccionar esta opción, el documento se guarda en el sistema, se firma electrónicamente y se envía directamente al SRI para su autorización.
Importante: recuerda que, una vez que el SRI autoriza el documento, ya no podrás modificarlo.
- Guardar: solo almacenas el documento en el sistema, sin enviarlo al SRI.
Si no visualizas la opción Guardar y enviar al SRI, asegúrate de cumplir con los siguientes requisitos:
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- Tener cargada tu firma electrónica en el sistema.
- Haber marcado la casilla Firmado automático en la configuración.
5. Consulta y descarga el PDF interno
En cualquiera de las dos opciones, una vez que guardes el documento, en la parte superior se habilita el ícono PDF
para descargar el PDF interno generado por el sistema.
- PDF: contiene el detalle del documento, incluyendo los asientos contables de la venta, la retención (en caso de haber sido ingresada) y el movimiento de inventario, si el documento incluye productos.

Importante: si el documento ya está guardado y firmado, también puedes consultar y descargar el RIDE del documento electrónico para revisar su formato.
¡Perfecto! Ya tienes lo necesario para realizar el registro de la retención electrónica tipo proveedor para pagos a no residentes. ¡Ahora te toca a ti!