Manejar retención en productos o servicios que no son objeto del Impuesto al Valor Agregado (IVA) te permite registrar correctamente este tipo de operaciones y evitar la aplicación de retenciones que no corresponden. Realiza este proceso cuando registres productos o servicios no objeto de IVA y necesites garantizar que la información quede correctamente reflejada en Contífico.
De acuerdo con la Ley de Régimen Tributario, los productos o servicios no objeto de IVA no están sujetos a retención.

A continuación, te indicamos los puntos a considerar:
1. Registra el documento
Cuando estés generando un documento en el sistema y selecciones un producto configurado como no objeto de IVA, asegúrate de dejar en blanco los campos de retención. Esto es importante para evitar la aplicación de retenciones incorrectas.
2. Guarda el documento.
Al guardar el documento, el sistema asignará automáticamente el código 332, el cual corresponde a la retención de productos o servicios no sujetos a IVA.

3. Validaciones
Si llegas a seleccionar un código de retención distinto al 332, el sistema te mostrará un mensaje informativo:
“Los valores No Objeto deben utilizar el código 332”.

Este mensaje te alerta sobre la necesidad de utilizar el código correcto para garantizar el cumplimiento normativo.
4. Verifica el código asignado
Para confirmar el código de retención aplicado, accede al reporte desde la siguiente ruta: módulo Reportes, despliegas el submenú de Reportes SRI y das clic en Compras y ventas.

Aquí revisas que se haya asignado correctamente el código 332.

Importante: el código 332 tiene una configuración de 0%, por lo que no se calculará ningún valor. Su función es respaldar el gasto y cumplir con los requisitos establecidos por el Servicio de Rentas Internas (SRI), sin afectar el monto de la transacción.
¡Ya lo tienes! Ahora ya conoces los puntos más destacados para manejar retención en productos o servicios (no objeto de IVA).
BUENAS TARDES UNA PREGUNTA SI TENGO UNA FACTURA Y UN PRODUCTO ME DICE NO OBJETO COMO PROCEDO CON LA HEMOLOGACION ?
2 mayo, 2024 at 1:41 pmBuen día,
Es necesario que el producto esté creado en el sistema con IVA “no objeto a IVA”, para que al realizar la homologación en bandeja electrónica pueda seleccionar el producto y el sistema lo cargue como no objeto. Recuerda que cualquier consulta que tengas puedes comunicarte a nuestra línea de atención Whatsapp +593 989762202.
2 mayo, 2024 at 5:13 pm